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El Consejo de Ministros acaba de aprobar el Anteproyecto de
Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
El objetivo de la norma es hacer valer de forma efectiva el
artículo 14 de la Constitución, aquel que proclama el derecho
a la no discriminación, el artículo 19 Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea y trasponer varias
directivas europeas que se habían abordado parcialmente. En la
práctica supone que se impondrán multas desde los 150 al medio
millón de euros para aquellos que discriminen, según el grado
del agravio, que existirá una Sala en la Fiscalía General del
de para promover y coordinar las actuaciones penales en este
ámbito y que se crea la figura de la Autoridad para la
Igualdad de Trato y la No Discriminación, que podrá actuar de
oficio o a instancias de una parte
OcioGay / Diario Digital Transexual-.
El texto asegura que "nadie podrá ser discriminado por razón
de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión,
convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o
identidad sexual, enfermedad, lengua o cualquier otra
condición o circunstancia personal o social". En la parte de
“orientación o identidad sexual” se habla por primera
vez de forma específica de la identidad sexual, que se refiere
a las personas transexuales. Eso afecta tanto a su
relación con la Administración como entre particulares, ya sea
la contratación por parte de una empresa o el alquiler/ venta
de una casa, por citar sólo algunos ejemplos. Se contempla
como discriminación directa: "La situación en que se encuentra
una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera
menos favorable que otra en situación análoga o comparable". Y
como discriminación indirecta: "Cuando una disposición,
criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede
ocasionar a una o varias personas una desventaja particular
con respecto a otras".
El texto, que pretende dotar a España con las "instituciones,
instrumentos y técnicas jurídicas" más avanzadas de nuestro
entorno, asegura que "el derecho a la igualdad y la no
discriminación no puede ser abordado sólo como una cuestión de
minorías a las que se debe reconocer y proteger sin sucumbir
ante prejuicios ni estereotipos, mediante planes o actuaciones
específicas para determinados grupos de población que
requieren medidas determinadas. Es necesario ofrecer garantías
del disfrute de los que son algunos de nuestros mayores éxitos
como sociedad, como la lucha contra las enfermedades o el
aumento de la esperanza de vida, garantizando el acceso en
igualdad de condiciones a determinados bienes y servicios".
Existen tres tipos de infracciones: leves (irregularidades
meramente formales), que acarrearán infracciones de 150 a
10.000 euros; graves (actos u omisiones que constituyan una
discriminación, directa o indirecta, así como los que
constituyan inducción, orden o instrucción de discriminar),
penados con multas entre 10.000 y 60.000 euros; y muy graves
(el acoso discriminatorio, es decir, "atentar contra la
dignidad de una persona y de crear un entorno intimidatorio,
hostil, degradante, humillante, ofensivo o segregador), lo que
implica sanciones de 60.001 a 500.000 euros.
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C.
A. 27-05-2011
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