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Audiencia de Sevilla absuelve a los tres acusados de acosar a una compañera de colegio transexual

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La Audiencia de Sevilla ha absuelto definitivamente a los tres alumnos acusados de acoso escolar o bullying a un compañero, ahora del sexo femenino, cuando decidió manifestar públicamente su identidad de genero, pues no ha demostrado que su "victimización" fuese fruto exclusivo de tal acoso.

EFE/Diario Digital Transexual-. La Sección Tercera de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, confirma en todos sus extremos la absolución dictada por el Juez de Menores de Sevilla, basada en un razonamiento "lógico, correcto y acertado", que no es "contrario a las más elementales reglas de la lógica".

Dice la Audiencia que el juez comparó lo dicho por la denunciante en el juicio y en su primera declaración en fase de instrucción, cuando "particularizó hasta seis incidentes" de acoso, todos ellos atribuidos a "personas distintas de los tres menores acusados".

La joven transexual, entonces de 16 años, denunció en 2005 a varios compañeros del instituto Caura de Coria del Río (Sevilla) por actos de acoso que tuvieron lugar en un cuarto de baño, a la hora del bocadillo, en la zona de recreo, las amenazas de ser agredida, un incidente en clase de gimnasia, los insultos de "maricón" y las amenazas recibidas por correo electrónico.

La sentencia, que no admite recurso, absuelve a los tres alumnos procesados, que fueron defendidos por el abogado Germán Javier Amaya y que se enfrentaron a una petición inicial de seis meses de trabajos comunitarios por un presunto delito contra la integridad moral.

La denunciante, ahora identificada con el nombre de mujer A.B.G., no ha aportado ninguna prueba en apoyo de su tesis de haber presentado "indicadores claros y palmarios de victimización y secuelas de índole psicológica, así como un intento de suicido, derivado de forma exclusiva y excluyente del supuesto acoso de que se dice víctima", sostiene ahora la Audiencia.

No ha demostrado -añade el fallo- que dichos problemas psicológicos no sean consecuencia de "otros componentes también determinantes de su estado emocional como la difusión pública del asunto, a él solo atribuible, y de su magnificación de los sentimientos".

En la apelación, la defensa de la denunciante intentó que los jueces valorasen ciertos testimonios no tenidos en cuenta en la primera sentencia, pero la Audiencia responde que lo que pretende es "cuestionar, lisa y llanamente, la valoración" hecha por el Juez de Menores, y que se dé "total credibilidad a las manifestaciones del perjudicado frente a los menores y demás testigos que comparecieron en la vista".

La denuncia fue presentada por la madre de la menor ante la Guardia Civil en enero de 2005, cuando afirmó que su hija se había visto obligada a dejar las clases tras expresar públicamente su identidad sexual al comienzo del curso. 

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C. A. 05-11-2010 Comenta esta noticia ( indica en el titulo de que noticia estas hablando)

 
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