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El
Diario Digital Transexual
www.carlaantonelli.com informa que: El Juzgado de lo social de
Barcelona Nº 8 sentencia a favor de la transexual despedida por
injusta discriminación por la Empresa de Euroresidencias de
Barcelona.
Serra, que es presidenta de
la Asociación de Transexuales de Catalunya, ha señalado que espera
que la sentencia sirva "para que más gente se atreva a denunciar".
Redacción Web-.
La sentencia condena a la Empresa a la inmediata readmisión de la
mujer transexual Gina Serra. Y declara la nulidad del despido.
Obligando a la empresa a abonar los salarios que correspondan
desde la fecha del despido.
Esta sentencia es un hecho histórico sin precedentes en España,
es la primera vez que que un juez obliga a readmitir a una
transexual despedida de forma arbitraria e injusta. Este fallo
abre el camino para que no se repitan situaciones bochornosas
donde las personas transexuales son expulsadas de sus trabajos sin
ningun tipo de miramientos
Se
tiene que acabar el todo vale con uno de los colectivos mas
excluidos del tejido social español.
Comenzamos a tener
leyes que nos protegen ahora hacen falta jueces como Doña Amparo
Illan Teba que salvaguarden nuestros derechos fundamentales como
ciudadanos de a pie
Otras sentencias nos dicen que también nos queda camino por
recorrer, como la emitida hacia el agresor de una transexual en la
isla de Ibiza. Donde este le rompió la nariz a la mujer despues de
insultarla, llamándola maricón y Manolo. Emitiendo el juez en este
caso la sentencia mínima para un delito de lesiones, seis meses.
Además, no aplicándole ningún agravamiento en la pena por
transfobia,
aun habiendo ya precedentes judiciales de lo mismo desde el año 2002
Carla
Antonelli
Declaran nulo el despido de una transexual y obligan a readmitirla
El
Juzgado de lo Social número 18 de Barcelona ha declarado nulo el
despido de la trabajadora transexual Gina Serra por parte de la
empresa Euroresidencias, propiedad de Sacyr-Vallehermoso, y ha
obligado a readmitir a la empleada en el centro geriátrico en el que
trabajaba.
Mundo.es-.
Serra, en declaraciones a elmundo.es, ha dicho estar muy contenta
con la decisión y sobre todo porque su caso ha supuesto sacar a la
luz un problema que sufren muchas otras personas. "El trato que se
le ha dado a mi caso ya me hacía sentir satisfecha", ha asegurado la
trabajadora, quien animó a otros colectivos a denunciar las
injusticias.
La
sentencia condena a la empresa a la inmediata readmisión de Gina
Serra en las mismas condiciones que regían con anterioridad a
producirse el despido, incluyendo el abono a la demandante de los
salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la
fecha en que se produzca la readmisión.
Según consta en el fallo, los indicios que determinan la nulidad del
despido han quedado suficiente acreditados, ya que Gina Serra entró
a trabajar en una residencia geriátrica gestionada por
Euroresidencias el 17 de enero de este año, y, según expresó en el
juicio la abogada de la empresa, Ana Gárriz, "la empresa sabía que
era un transexual".
La
sentencia indica que Euroresidencias decidió dar por finalizado el
contrato por la no superación del período de prueba el 26 de enero,
nueve días después del inicio y con tan sólo siete días de trabajo
efectivo, tiempo durante el cual no se le llegó a presentar la firma
del contrato de trabajo, cuando habitualmente el mismo se presentaba
a los tres días.
De
hecho, Serra declaró que en los pocos días que trabajó en la
residencia no recibió el mismo trato que el resto de compañeras ya
que, por ejemplo, no le fue entregado un uniforme de trabajo como el
de las demás empleadas y se le obligó a cambiarse de ropa en los
lavabos, en vez de en los vestuarios.
El
Juzgado de lo Social añade que la empresa demandada no ha acreditado
que la decisión del despido se adoptara por motivos estrictamente
laborales, a pesar de que el testimonio de las compañeras de trabajo
expresara que "no aprendía" aunque le explicaran las cosas y que
"habían recibido quejas por lo brusca que era en el trato, al mover
a los ancianos".
Por
ello, la magistrada del caso, Amparo Illán Teba, entiende que el
despido "está directamente relacionado con la condición de
transexual de la trabajadora, por lo que incurre en la vulneración
al derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo"
que constan en la Constitución y el Estatuto de los Trabajadores.
El
sindicato UGT, que ha llevado la representación legal de Gina Serra,
ha valorado muy positivamente la sentencia dictada por la juez ya
que se trata del primer juicio a nivel estatal por discriminación
laboral a una persona transexual.
Por
su parte, la coordinadora del área transexual del Grupo Federal GLTB-PSOE,
Carla Antonelli, ha asegurado tras conocer la sentencia que “este
fallo abre el camino para que no se repitan situaciones bochornosas
donde las personas transexuales son expulsadas de sus trabajos sin
ningun tipo de miramientos”. “Se tiene que acabar el todo vale con
uno de los colectivos mas excluidos del tejido social español", ha
añadido Antonellí.
La juez obliga a
un geriátrico de Barcelona a readmitir a una trabajadora despedida
por transexual
La titular del
Juzgado de lo Social número 18 de Barcelona ha declarado nulo el
despido de Gina Serra, la mujer transexual que la empresa
Euroresidencias echó tras nueve días de prueba como auxiliar en uno
de sus geriátricos, al considerar que el despido "está directamente
relacionado con la condición de transexual de la trabajadora" y es,
por lo tanto, discriminatorio.
Europa Press-.
La sentencia condena a Euroresidencias a readmitir de manera
"inmediata" a Gina Serra y a abonarle los salarios que no ha
percibido desde su despido el pasado 26 de enero y hasta que se
produzca la readmisión, a razón de 33,71 euros al día, porque no ha
acreditado "que la decisión del despido se haya adoptado por motivos
estrictamente laborales".
En ese sentido, la
sentencia considera que Euroresidencias comunicó el despido a la
trabajadora "tan sólo nueve días" después de empezar a trabajar como
auxiliar, un "escaso" espacio de tiempo durante el que, "por su
brevedad, resulta difícil que se haya podido valorar a la demandante
en su puesto de trabajo".
Gina Serra aseguró
a Europa Press que está contenta con el fallo, sobre todo porque es
un "hecho histórico", ya que no hay precedentes judiciales sobre
discriminación por transexualidad en España. Serra, que es
presidenta de la Asociación de Transexuales de Catalunya, señaló que
espera que la sentencia sirva "para que más gente se atreva a
denunciar".
Serra reconoció
que "puede que a la larga salga perjudicada", ya que la empresa
podría recurrir la sentencia, pero mostró su esperanza de que "mucha
gente se beneficie, no sólo transexuales, sino inmigrantes o gente
que no se atreve a denunciar casos parecidos".
Dijo sentir "un
poco de temor" ante la posibilidad de reincorporarse a la empresa de
la que fue despedida, pero aseguró que pondrá "todo" de su parte
para "olvidar este paso y empezar de nuevo". "Estoy dispuesta a
tender la mano y espero que ellos también", aseguró.
No firmó contrato
Gina Serra empezó
a trabajar en la empresa geriátrica Euroresidencias, propiedad del
grupo Sacyr Vallehermoso, el 17 de enero de este año y fue despedida
el 26 del mismo mes, a través de una carta en la que se le
comunicaba que no había superado el periodo de prueba.
Unos días después,
la empresa remitió un burofax a Serra en el que reconocía que el
despido había sido improcedente porque durante los siete días que
trabajó en la empresa no había firmado ningún contrato de trabajo,
por lo que tampoco podía despedirla alegando un supuesto periodo de
prueba.
En el acto de
conciliación posterior y previo al juicio, sin embargo, los
empresarios se negaron a aceptar la nulidad del despido, que
implicaba la readmisión de Serra en su puesto de trabajo, ya que
alegaban que el despido no se debía a su condición de transexual,
sino a su trato "brusco" con los ancianos.
Juzgado Social
declara nulo despido de la transexual y
obliga a readmitirla
El Juzgado de lo
Social número 18 de Barcelona ha declarado nulo el despido de la
trabajadora transexual Gina Serra por parte de la empresa
Euroresidencias, propiedad de Sacyr-Vallehermoso, y ha obligado a
readmitir a la empleada en el centro geriátrico en el que
trabajaba.
EFE-.
La sentencia
condena a la empresa a la inmediata readmisión de Gina Serra en las
mismas condiciones que regían con anterioridad a producirse el
despido, incluyendo el abono a la demandante de los salarios dejados
de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha en que se
produzca la readmisión.
Según consta en el
fallo, los indicios que determinan la nulidad del despido han
quedado suficiente acreditados, ya que Gina Serra entró a trabajar
en una residencia geriátrica gestionada por Euroresidencias el 17 de
enero de este año, y, según expresó en el juicio la abogada de la
empresa, Ana Gárriz, 'la empresa sabía que era un transexual'.
La sentencia
indica que Euroresidencias decidió dar por finalizado el contrato
por la no superación del período de prueba el 26 de enero, nueve
días después del inicio y con tan sólo siete días de trabajo
efectivo, tiempo durante el cual no se le llegó a presentar la firma
del contrato de trabajo, cuando habitualmente el mismo se presentaba
a los tres días.
De hecho, Serra
declaró que en los pocos días que trabajó en la residencia no
recibió el mismo trato que el resto de compañeras ya que, por
ejemplo, no le fue entregado un uniforme de trabajo como el de las
demás empleadas y se le obligó a cambiarse de ropa en los lavabos,
en vez de en los vestuarios.
El Juzgado de lo
Social añade que la empresa demandada no ha acreditado que la
decisión del despido se adoptara por motivos estrictamente
laborales, a pesar de que el testimonio de las compañeras de trabajo
expresara que 'no aprendía' aunque le explicaran las cosas y que
'habían recibido quejas por lo brusca que era en el trato, al mover
a los ancianos'.
Por ello, la
magistrada del caso, Amparo Illán Teba, entiende que el despido
'está directamente relacionado con la condición de transexual de la
trabajadora, por lo que incurre en la vulneración al derecho a
la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo' que constan
en la Constitución y el Estatuto de los Trabajadores.
El sindicato UGT,
que ha llevado la representación legal de Gina Serra, ha valorado
muy positivamente la sentencia dictada por la juez ya que se trata
del primer juicio a nivel estatal por discriminación laboral a una
persona transexual.
C.
A.
30-03-2007
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