HolaCharlie escribió:Una duda: si yo cambio mi nombre por uno "unisex", hasta llevar los dos años de hormonación, luego no hay ningún problema al cambiar el nombre con la Ley de Identidad de Género, no?
Es que he leído por ahí que sólo se puede cambiar el nombre una vez, pero claro, teniendo en cuenta que luego sería un "cambio de sexo y nombre" digamos que "anularía" lo anterior, no?
Graaacias!
Se puede hacer perfectamente, de hecho, tanto mi marido como yo así lo hicimos, y no hubo ningún problema.
No sé si es cierto eso de que "solo se puede cambiar de nombre una vez", creo que no es así (aunque evidentemente habrá algún tipo de restricción, pero no sé); de todas formas, se pueda solo una vez o más veces, como bien dices,
eso no es aplicable cuando procedes a la rectificación de la mención de sexo y nombre en el registro civil.
(Por cierto, es importante -y fue un gran logro- que la ley sea de
RECTIFICACIÓN, no de cambio: se RECTIFICAN los datos erróneos, lo cual reconoce que la anotación que se realizó en función de nuestros genitales al nacer, era ERRÓNEA, y que nuestro verdadero sexo, siempre ha sido nuestro sexo cerebral... esto puede resultar decisivo, por ejemplo, en casos de tener que recurrir a juicio en caso de que no nos quieran rectificar la mención de sexo y nombre en algún sitio, como por ejemplo en la historia clínica -que en principio la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, parece que no obliga a cambiar-, o para cambiarlo en las escrituras de la casa -que paree ser que la normativa sobre notarías no lo permite-, etc).
Besitos